Bases Legales del Sorteo
Se deja establecido que cualquier persona que desee participar en el sorteo deberá adherirse a lo
dispuesto en estas bases, aceptando íntegramente los términos y condiciones aquí descritos, sin
excepción.
La participación en el sorteo implica la aceptación total de cada punto descrito en las
presentes bases y de cualquier modificación que, por causas justificadas, el Organizador considere
necesarias y comunique oportunamente a los participantes por los canales descritos en este
documento.
PRIMERO: OBJETIVO DEL SORTEO Y DESCRIPCION DE PREMIOS
El presente sorteo tiene como objeto principal adjudicar la propiedad perteneciente a don JUAN SOCRATES SUAREZ VEGA, ubicada en LT 124 MIRADOR DEL VALLE BATUCO comuna de LAMPA, Región Metropolitana Número de ROL de Avalúo 00193-00202, como primer premio.
El ganador obtendrá el dominio pleno y exclusivo de la propiedad mencionada mediante la correspondiente transferencia legal, que incluirá la suscripción de la escritura pública de compraventa y su posterior inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, cumpliendo con todas las formalidades legales aplicables.
Segundo Premio: Diseño, fabricación e instalación de muebles de baño con un tope valorizado en
$ 3.000.000 de pesos chilenos iva incluido, ejecutado por empresa que el Organizador designe.
Tercer Premio: Diseño, fabricación e instalación de muebles de cocina con un tope valorizado en
$ 5.000.000 de pesos chilenos iva incluido, ejecutado por empresa que el Organizador designe.
los ganadores del segundo y tercer premio, obtendrán una asesoría integral por parte de la empresa que el Organizador designe, en el diseño de los muebles de baño o cocina según sea el caso antes del proceso de fabricación.
SEGUNDO: ORGANIZACIÓN Y COLABORACIÓN
El presente sorteo es organizado por INVERSIONES DE INNOVACION MOBILIARIA LIMITADA, quien será responsable, para todos los efectos legales, de la ejecución y administración del sorteo de los premios descritos en la cláusula Primero precedente. En calidad de Organizador, será el único responsable de la venta de tickets, de la gestión operativa y legal del concurso, y de la transferencia y posterior entrega de los premios.
Participará como colaborador en la promoción y publicidad del concurso la fundación sin fines de lucro: "TU MUNDO ES MI MUNDO", organización abocada a la atención y desarrollos de niños y niñas TEA. El sorteo buscará aportar con la construcción del primer colegio híbrido del sector norte de la ciudad de Santiago de Chile, proyecto de la fundación en vías de materializar durante el año 2026. Para esto se ha convenido entregar una contribución monetaria que será entregada una vez finalice el sorteo y siempre y cuando se alcance la venta de tickets establecidos en este documento equivalentes a quince millones de pesos chilenos. La fundación "TU MUNDO ES MI MUNDO" acompañará a lo largo de todo el proceso del sorteo, apoyando en la difusión mediante sus canales y plataformas de comunicación.
TERCERO: REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Podrán participar en el concurso todas las personas naturales mayores de dieciocho años, chilenas o extranjeras, que cuenten con cédula de identidad vigente emitida en Chile, y que adquieran uno
o más tickets de participación a través de los canales autorizados por el Organizador.
Se excluye de la participación en el concurso a los familiares directos del propietario y de los representantes de la Fundación TU MUNDO ES MI MUNDO y de la empresa INVERSIONES DE INNOVACION MOBILIARIA LIMITADA, extendiéndose a sus ascendientes y descendientes.
CUARTO: DE LA PARTICIPACIÓN Y PRECIO DEL TICKET
La participación en el sorteo se efectuará mediante la adquisición de tickets, cuyo valor será de
$20.000 mil pesos cada uno (iva incluido). Los tickets podrán ser adquiridos por la pagina web que el Organizador disponga para el sorteo. Al momento de la compra, el participante deberá registrar su nombre completo, RUT, dirección de correo electrónico y número de teléfono de contacto, además de aceptar estar de acuerdo con las Bases del sorteo aquí descritas, que podrá ser leída y revisada por el participante en cualquier momento antes de realizar la compra del ticket. Una vez completada la compra, el participante recibirá un ticket numerado con un código único, el cual será enviado al correo electrónico registrado en la compra junto con la confirmación de su inscripción en el sorteo.
Dicho número de ticket será indispensable tanto para el sorteo como para el eventual reclamo del premio, en caso de resultar ganador.
Para llevar a cabo el sorteo del primer premio, será condición esencial la venta de un mínimo de
81.000 mil tickets. En caso de no alcanzarse dicha cantidad al término del período de vigencia del concurso establecido en la cláusula siguiente, el Organizador se reserva el derecho de prorrogar el plazo de vigencia del sorteo por periodos sucesivos de sesenta días hasta completar el número mínimo de tickets señalados.
Para llevar a cabo el sorteo del segundo premio, será condición esencial la venta de un mínimo de
20.000 mil tickets. En caso de no alcanzarse dicha cantidad al término del período de vigencia del concurso establecido en la cláusula siguiente, el Organizador se reserva el derecho de prorrogar el plazo de vigencia del sorteo por periodos sucesivos de sesenta días hasta completar el número mínimo de tickets señalados.
Para llevar a cabo el sorteo del tercer premio, será condición esencial la venta de un mínimo de
50.000 mil tickets. En caso de no alcanzarse dicha cantidad al término del período de vigencia del concurso establecido en la cláusula siguiente, el Organizador se reserva el derecho de prorrogar el plazo de vigencia del sorteo por periodos sucesivos de sesenta días hasta completar el número mínimo de tickets señalados.
Cualquier prórroga será informada oportunamente a los participantes mediante un comunicado oficial a los participantes vía correo electrónico registrado, además de ser publicado en la página web que el Organizador designe.
QUINTO: VIGENCIA DEL SORTEO
El sorteo comenzará el día 02 de enero del año 2026 y se extenderá hasta el 31 de mayo del año 2026, salvo que opere alguna de las prórrogas permitidas conforme a lo señalado en el punto cuarto de la presente bases.
El sorteo del primer, segundo y tercer premio se realizará y será transmitido en vivo a través de la página web o plataforma que el Organizador designe, en presencia de un notario público y/o ministro de fe que será oportunamente designado, quien certificará y dará fe del procedimiento.
El sorteo del primer premio se llevará a cabo dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha de término de la venta de tickets, la cual será informada a todos los participantes mediante un comunicado oficial publicado en la página web del sorteo y mediante correo electrónico dirigido a cada uno de los participantes.
SEXTO: PROCESO DEL SORTEO
Se sortearán tres premios en el siguiente orden: en primer lugar se realizará el sorteo del tercer premio; en segundo lugar, el sorteo del segundo premio; y finalmente, el sorteo del primer premio.
El sorteo se llevará a cabo bajo la supervisión de un notario público y/o ministro de fe, y será transmitido en directo a través de las plataformas de streaming oficiales que el Organizador determine y comunique.
Para el sorteo se empleará un sistema de selección aleatoria que seleccionará el número de ticket de entre todos aquellos válidamente comprados y emitidos durante el período de vigencia del sorteo.
El ganador será notificado por vía telefónica y mediante correo electrónico. Si el ganador no responde a los intentos de contacto dentro del plazo de diez días corridos contados desde la fecha del sorteo, se entenderá que renuncia al premio, y el Organizador procederá a realizar un nuevo sorteo. La nueva fecha del sorteo será definida por el Organizador y comunicada oportunamente a todos los participantes a través del correo electrónico que haya proporcionado al momento de la compra del o los tickets.
SEPTIMO: INSCRIPCION DEL PREMIO Y ENTREGA MATERIAL
Primer Premio: El primer premio, individualizado en la cláusula Primero precedente, será transferido al ganador mediante la suscripción de una escritura pública de compraventa otorgada ante notario, conforma a la normativa legal vigente, y su posterior inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago. La entrega material será efectuada una vez que se encuentre debidamente inscrita la respectiva propiedad a nombre del ganador.
Todos los costos asociados a la transferencia de la propiedad incluyendo honorarios notariales y derechos de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces, serán de cargo exclusivo del Organizador.
Segundo Premio: El segundo premio, individualizado en la cláusula Primero precedente, comenzará a entregarse al ganador al quinto día hábil posterior del sorteo del respectivo premio. Para lo cual se agenciará una reunión y visita técnica para elaboración de diseño de los muebles.
El costo de traslado, profesionales como diseñadores y calculistas, serán de responsabilidad del Organizador.
Tercer Premio: El tercer premio, individualizado en la cláusula Primero precedente, comenzará a entregarse al ganador al quinto día hábil posterior del sorteo del respectivo premio. Para lo cual se agendará una reunión y visita técnica para elaboración de diseño de los muebles.
El costo de traslado, profesionales como diseñadores y calculistas, serán de responsabilidad del Organizador.
OCTAVO: USO DATOS PERSONALES E IMAGEN DE LOS GANADORES
Al participar en el sorteo, los ganadores otorgan de manera expresa y gratuita al Organizador y a la Fundación colaboradora el derecho a utilizar su nombre, imagen y cualquier declaración o testimonio relacionado con el concurso, exclusivamente para fines promocionales vinculados a este u otro evento futuro de similares características.
Esta cesión de derechos de imagen permitirá al Organizador y a la Fundación publicar y difundir el nombre e imagen de los ganadores a través de medios digitales, redes sociales, materiales publicitarios y cualquier otro canal que estimen adecuando para la promoción y difusión del sorteo.
La autorización se otorga sin límite de tiempo ni de territorio. Los ganadores renuncian a cualquier reclamación o compensación económica por el uso de su imagen en los términos aquí establecidos, siendo el propósito de dicha difusión promover la transparencia y el éxito del sorteo realizado.
NOVENO: MODIFICACION Y CANCELACION DEL SORTEO.
El Organizador se reserva el derecho de modificar o cancelar el presente sorteo en cualquier momento, siempre que existan causas justificadas que lo hagan necesario, y sin que ello genere la responsabilidad alguna frente a los participantes. Las circunstancias y condiciones bajo las cuales se podrán realizar modificaciones o proceder con la cancelación son las siguientes:
Modificaciones: El Organizador podrá complementar o modificar las bases del presente sorteo, en forma total o parcial, incluso una vez iniciado, siempre que dichas modificaciones no impliquen, en caso alguno, un menoscabo a los derechos de los participantes.
Cancelación: En caso de que surjan situaciones que imposibiliten la realización del sorteo, tales como fuerza mayor, imposibilidad legal o si el número de tickets vendidos no alcanza el mínimo establecido en el artículo Cuarto, el Organizador se reserva el derecho de cancelar el sorteo.
En tal caso, se procederá con el reembolso del valor de los tickets adquiridos por los participantes, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La participación en este sorteo implica la aceptación de esta cláusula por parte de los participantes, quienes renuncian a cualquier reclamación o compensación adicional en caso de modificación o cancelación del sorteo.
DECIMO: DEVOLUCION EN CASO DE CANCELACION DEL SORTEO
En caso de que el sorteo sea cancelado por las razones establecidas en las presentes bases, el Organizador procederá a la devolución del valor de los tickets adquiridos, descontando el impuesto al valor agregado y los costos asociados a la organización del sorteo.
La devolución del monto correspondiente a cada ticket se efectuará dentro de un plazo máximo de sesenta días hábiles, contados desde la notificación oficial de cancelación, mediante el mismo medio de pago utilizado por el participante al momento de la compra, salvo que este indique expresamente un medio de pago distinto.
La cancelación del sorteo será comunicada mediante correo electrónico dirigido al participante a la dirección registrada al momento de la compra.
La participación en el sorteo implica la aceptación íntegra de esta cláusula y la renuncia a cualquier reclamación adicional distinta a la devolución del monto correspondiente, conforme a lo indicado anteriormente.
DECIMO PRIMERO: COMUNICACIÓN CON EL ORGANIZADOR
Para cualquier consulta, los participantes podrán comunicarse con el Organizador a través de los
siguientes canales oficiales:
Correo electrónico: sorteo@piedrasymuebles.cl
Formulario de contacto disponible en el sitio web de Piedras y Muebles
DECIMO SEGUNDO: ENTREGA DEL PREMIO Y DOCUMENTACION ANEXA
Para recibir su respectivo premio, los ganadores deberán suscribir los documentos denominados Anexo Nºl y Anexo N°2, los cuales forman parte integrante de las presentes bases legales para todos los efectos legales.
DECIMO TERCERO: ACEPTACION DE LAS BASES
La participación en el sorteo implica la aceptación total de los presentes términos y condiciones, así como de sus eventuales modificaciones o rectificaciones que el Organizador estime necesarias y comunique oportunamente.